Mediante la Resolución No. 1120 del 12 de octubre de 2016, el Consejo Directivo de la Institución Universitaria Colegios de Colombia Unicoc, en uso de sus atribuciones estatutarias y en especial la contenida en el Capítulo V en su Artículo catorce (14) numeral uno (1) y en el Capítulo VII en sus artículos treinta y nueve (39) y cuarenta (40) aprueba el Escalafón Docente y actualiza el Reglamento Docente constituido por XI capítulos así:
Capítulo I. Aspectos generales. Presenta entre otros aspectos la definición del Reglamento Docente como las normas mediante las cuales se pretende aplicar, ordenar y regular las actividades académicas de todos los profesores vinculados a la institución.
De igual forma plantea el objetivo del reglamento direccionado a establecer la naturaleza y ámbitos centrales de actuación del profesor, los principios y valores institucionales que rigen su desempeño, las normas para su selección, contratación, escalafón y desarrollo, la carrera profesoral, sus derechos y deberes, su producción intelectual, la evaluación del desempeño, el reconocimiento y estímulos a su labor, así como, el régimen disciplinario.
Capítulo II. De los Principios y Valores Institucionales. Este capítulo contempla la actuación del profesor en un ambiente de libertad de cátedra, aprendizaje, investigación y preparación constante para garantizar una formación de excelencia, crítica, ética y con criterio de responsabilidad social, estructurando su labor como un proyecto de largo plazo y alto valor académico. En este sentido, asume como principio general la calidad, con una práctica permanente de la evaluación y la autoevaluación, entre otros.
Plantea igualmente la misión del profesor enfocada a orientar a los estudiantes en el proceso de formación como seres humanos libres, éticos, responsables, democráticos, practicantes de la tolerancia, actores dinámicos del desarrollo del país en un entorno multidisciplinar y multicultural globalizado; desempeñándose con excelencia; para ofrecer la totalidad de sus conocimientos, creatividad y critica; manteniéndose actualizado y en consonancia con el perfil del egresado; para liderar la tarea de construcción del conocimiento, participar en la formación activa, permanente y crítica en busca de la excelencia; contribuir a la formación integral y realizar actividades de tipo investigativo y de producción intelectual; entre otras.
Capítulo III. De la Organización Institucional. Define el sistema académico administrativo, articulado, abierto y comunicativo, conformado por Colegios y el gobierno institucional para el profesor que se rige en orden jerárquico así: Consejo Directivo, Presidencia, Rectoría, Vicerrectoría Académica, Secretaría General, Comité de Currículo o del Centro, Decanaturas o Dirección de Centro o de programa, Secretarías Académicas, Dirección de Departamento, Coordinación, Jefe de área o semestre, Profesor y Monitor.
Capítulo IV. De la Naturaleza del Profesor y sus Ámbitos de Actuación. Presenta la definición del Profesor, las funciones que puede desempeñar diferentes a las funciones sustantivas y sus responsabilidades básicas.
Capitulo V. De los Deberes y Derechos del Profesor. Establece los deberes, derechos, prohibiciones, incompatibilidades, participaciones y representaciones. De forma general se describen como deberes: conocer y respetar la identidad de la institución; contribuir al logro de la Misión y al desarrollo del Proyecto Educativo; conocer, cumplir y hacer cumplir el Estatuto, Reglamento Interno de Trabajo y demás reglamentos; hacer uso adecuado y racional de los recursos físicos, bibliográficos e informáticos, equipos y laboratorios; formar, guiar y facilitar en los estudiantes el desarrollo de competencias establecidas para el logro del perfil de egreso; elaborar, presentar, evaluar y actualizar los programas y el material didáctico; desarrollar los procesos de evaluación estudiantil con objetividad, asistir puntualmente a las clases y reuniones curriculares; mantener confidencialidad con la información; perfeccionar permanentemente sus conocimientos; orientar y asesorar a los estudiantes; participar en los procesos de evaluación docentes, asistir y participar activamente en las actividades de bienestar; cumplir con las responsabilidades y reglamentos propuestos para cada Colegio; entre otras.
Como derechos se enuncian entre otros: ejercer la libertad de expresión y pensamiento dentro de la responsabilidad intelectual, la libertad de cátedra, respetando los currículos y metodologías de la institución; ser tratado en toda circunstancia como corresponde a su dignidad humana y profesional; elegir y ser elegido y participar democráticamente en los órganos de dirección institucional; participar en los procesos de promoción dentro del Escalafón; participar en los grupos de trabajo que le sean encomendados y en los programas de desarrollo profesoral y de capacitación; hacer uso de los recursos institucionales; recibir la remuneración que le corresponde; utilizar los servicios de bienestar; disfrutar de los incentivos, reconocimientos, estímulos, y/o becas que otorga la institución; presentar los resultados de su producción intelectual en los medios de comunicación y divulgación académica, profesionales, científicas e institucionales; conocer los criterios y resultados de la evaluación de su labor; presentar descargos y ser escuchado por la autoridad competente en el evento de la imputación de faltas.
Capítulo VI. De la Selección, Contratación, Plan de Trabajo y Remuneración de los Profesores. Establece los mecanismos, procedimiento, requisitos, criterios, y entes que intervienen en los procesos de selección y contratación docente, así como la metodología para establecer el plan de trabajo docente y las modalidades de contratación con sus obligaciones y funciones.
Capitulo VII. Del Desarrollo Profesoral. Presentado como la participación de profesores en planes y acciones tendientes a mejorar su desarrollo integral, nivel profesional, académico y pedagógico. Se describen sus objetivos y áreas de desarrollo.
Capitulo VIII. De la Evaluación de Desempeño. Donde se describe la evaluación docente como el proceso que permite la identificación de aspectos relacionados con las competencias básicas -enseñar, formar y evaluar- de los docentes acorde a su desempeño, con el fin de establecer acciones de mejoramiento continuo que permitan transformar dichas competencias básicas. En este sentido, se establece el objetivo de la evaluación, los integrantes del Comité de Evaluación docente, las funciones a evaluar, la periodicidad y la evaluación no aprobatoria para efectos de continuidad.
Capitulo IX. De los Incentivos y Reconocimientos. Contempla entre otros aspectos la facilidad que da la Institución para la participación de docentes a cursos de educación continuada; la potestad del Consejo Directivo de crear distinciones; las distinciones existentes en reconocimiento al tiempo de servicio y labor académica de los profesores; los requisitos para ser profesor Emérito; el reconocimiento como padrino de las promociones de egresados como reconocimiento a su trayectoria personal, académica y profesional; el reconocimiento en la hoja de vida y el enunciado de otras distinciones como bonificaciones, puntaje en el Escalafón, comisiones, etc.
Capitulo X. Del Escalafón Docente. Se define como el sistema regulador de la permanencia y promoción del personal profesoral para el cumplimiento de los fines propios de la institución; el cual contempla: los logros académicos; la categorización; el ascenso en las categorías; los objetivos, criterios, entre otros aspectos.
Capitulo XI. Del Régimen Disciplinario. Contempla los incumplimientos que generan sanciones y las implicaciones.